Formación en Acción

Inminente cobro de IVA a servicios digitales

¿Importante fuente de recaudación o de inconformidad?

Por Erick Morgado Jiménez
Universidad Nacional Autónoma de México, FES Cuautitlán

Hoy en día los medios y servicios digitales forman parte importante de nuestra vida y de nuestras necesidades diarias, pero ¿qué son las plataformas digitales? y ¿por qué son tan importantes hoy en día? “Las plataformas digitales o plataformas virtuales, son espacios en Internet que permiten la ejecución de diversas aplicaciones o programas en un mismo lugar para satisfacer distintas necesidades. Cada una cuenta con funciones diferentes que ayudan a los usuarios a resolver distintos tipos de problemas de manera automatizada, usando menos recursos”.1

Ahora bien, en cuanto a la propuesta a la reforma fiscal 2020, éste consistirá en adicionar un capitulo a la Ley de Impuesto al Valor Agregado para gravar las transacciones realizadas por Internet aun cuando los que proporcionan los servicios digitales no residan en el extranjero o no cuenten con un establecimiento en México. Se propone considerar únicamente los servicios que a continuación se mencionan, cuando se proporcionen mediante aplicaciones o contenidos en formato digital a través de Internet u otra red, fundamentalmente automatizados, pudiendo o no requerir una intervención humana mínima, siempre que por dichos servicios se cobre una contraprestación por:

  • La descarga o el acceso a imágenes, películas, texto, información, video, audio, música, juegos, incluyendo los juegos de azar; así como otros contenidos multimedia, ambientes multijugador, la obtención de tonos de móviles, la visualización de noticias en línea, información sobre el tráfico, pronósticos meteorológicos y estadísticas. Esto no es aplicable a la descarga o el acceso a libros, periódicos y revistas electrónicos.
  • La intermediación entre terceros que sean oferentes de bienes o servicios y los demandantes de los mismos, incluyendo los servicios de publicidad que les proporcionen.
  • Los clubes en línea y las páginas de citas.
  • El almacenamiento de datos.
  • La enseñanza a distancia o de test o ejercicios.2

Las plataformas digitales contarán con un periodo de transición de seis meses antes de comenzar a cumplir con las disposiciones legales en materia de economía digital previstas para el 1 de julio de este año.

Asimismo, “el programa piloto que de manera conjunta la SHCP, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y las principales plataformas de transporte iniciaron en el segundo semestre del año pasado, fue un pilar importante en el diseño de las reglas operativas publicadas recientemente por el SAT”.3

Para el fisco mexicano este gravamen representaría ingresos por 5, 000 millones de pesos anuales para el sistema tributario, este impuesto digital se enfoca en la captación de impuestos al consumo y con un registro local obligatorio para las empresas, pero esto ¿cómo afectaría al consumidor promedio? Las plataformas cobrarían ese extra de impuestos a sus usuarios, y esto podría derivar en que muchos de los mismos opten por dejar de contratar los servicios o cancelen las suscripciones de las plataformas, y ya no se obtendrían los tributos esperados. Se prevé que esta norma entre en vigor a partir de julio de 2020, y el SAT emita las reglas de carácter general para su aplicación a más tardar el 1 de marzo de 2020.

Por otro lado, en cuanto al reglamento que regula las plataformas digitales de transporte entró en vigor el 1 de enero del presente y hasta el momento ninguna empresa se ha acercado al Ayuntamiento para hacer su registro ante el Sistema Municipal del Transporte, en Mexicali, aunque Uber sí tuvo una reunión con ellos en diciembre pasado, donde se declararon inconformes con la reglamentación y anunciaron que procederán legalmente.4

Por lo anterior, no se podría decir que estas medidas estén bien planeadas, pero sí es correcto que las plataformas paguen este impuesto, pues están generando recursos en territorio nacional y deben adecuarse a las disposiciones fiscales como todos.


1 Giraldo, Valentina. “Plataformas digitales: ¿qué son y qué tipos existen?”. Rocket Content. https://rockcontent.com/es/blog/plataformas-digitales/

2 Pérez, París. “Servicios digitales causarían IVA en 2020”. IDC Online. https://idconline.mx/fiscal-contable/2019/09/27/servicios-digitales-causarian-iva-en-2020

3 Forbes staff. “Plataformas digitales comenzarán a pagar impuestos en julio: Hacienda”. Forbes México. https://www.forbes.com.mx/plataformas-digitales-comenzaran-a-pagar-impuestos-en-julio-hacienda/

4 Jiménez, Andrea. “Plataformas digitales no se han acercado a regularse: Simutra”. El Imparcial. https://www.elimparcial.com/mexicali/mexicali/Plataformas-digitales-no-se-han-acercado-a-regularse-Simutra-20200110-0018.html