Formación en Acción

Relevancias sobre la reforma fiscal para 2020

Por Larissa Promontor Vela
Universidad Insurgentes, Campus Ciudad Azteca

Se dieron a conocer las principales reformas fiscales para el 2020, de las cuales algunas ya aplicaron a partir de enero del mismo año, no sin antes darse a conocer que el 31 de octubre de 2019 se aprobó la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, donde se hicieron modificaciones a las disposiciones fiscales, el Código Fiscal de la Federación (CFF), Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), esto con el propósito de impedir la evasión fiscal ante cualquier situación y se permita ampliar la base gravable para que cada contribuyente pueda realizar sus aportaciones según corresponda.

Respecto a lo anterior, algunos ejemplos más relevantes de las actualizaciones son la tributación nacional, que tiene como objetivo evitar una doble tributación o incluso que se lleven a cabo tratados internacionales que resulten poco convenientes. Asimismo, la economía digital busca hacer más práctica el pago del ISR para las personas físicas, la retención que se efectúe sobre el total de los ingresos, sin incluir el IVA, manejándose como pago provisional. Con el uso de las plataformas digitales se deberá enterar la retención mediante la declaración que se presente a más tardar el día 17 del mes inmediato, dando seguimiento al mes por el que se efectuó la retención respecto de cada persona física que preste servicios o enajene bienes a través de las plataformas y aplicaciones tecnológicas.

Las reformas fiscales para el 2020 tienen un objetivo muy claro, la mejora de las prácticas fiscales de los contribuyentes, para eso es necesario obtener una buena estrategia y planeación fiscal con conocimientos sólidos en la materia, para evitar que los contribuyentes tengan malas experiencias y dificultades a futuro ante las autoridades fiscales.

Por lo anterior, se dan a conocer, entre otros, 3 aspectos más relevantes que fueron aprobados por el Congreso de la Unión en cuanto a la reforma fiscal 2020:

        Tercero colaborador. El gobierno busca una participación activa de la sociedad en el combate contra la compra-venta de facturas con la inclusión de la figura de tercero colaborador fiscal, quien será una persona que no ha participado en la expedición, adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes.
        Buzón tributario. Se establece la obligación de habilitar el buzón tributario y registrar medios de contacto válidos. En caso de que el contribuyente no lo habilite o registre contactos inexistentes o erróneos para evitar notificación, se entenderá que se opone, por lo que la notificación se realizará por estrados, sin mencionar que se aplicarán sanciones económicas.
        Firma electrónica avanzada. Para evitar que existan contribuyentes con una firma electrónica vigente, pero sin que hayan acreditado plenamente sus datos de identidad, domicilio y situación fiscal, el Servicio de Administración Tributaria tendrá facultades para identificar y detener la generación de este tipo de firmas que posiblemente tengan relación con empresas facturadoras de operaciones inexistentes1.

En fin, es importante que todas las entidades encomias, así como todos los contribuyentes cumplan de manera transparente, se acoplen a las actualizaciones que tiene la reforma fiscal 2020 y se involucren con el uso de las nuevas tecnologías. De manera que el país se mantenga actualizado y en constante crecimiento, pues de no hacerlo se seguirán permitiendo muchas violaciones al sistema tributario y en consecuencia un rezago para la sociedad y la economía nacional.


1"Reformas fiscales para 2020", KPMG
https://assets.kpmg/content/dam/kpmg/mx/pdf/2019/11/Reformas-fiscales-para-2020.pdf