Opina sin Censura

Crisis laboral por COVID-19 y sus posibles soluciones

Por Adriana Montserrat Sarabia Salas
Universidad Insurgentes, Campus Ciudad Azteca

La situación en el país es preocupante, tanto en salud como en economía. A raíz de la pandemia COVID-19 muchas empresas se vieron en la necesidad de cerrar sus puertas, provocando que mucha gente se quedara sin empleo, ni recursos para mantener a sus familias, otras empresas optaron por reducir jornadas laborales y sueldos, y otras más despidieron gente, pero ¿qué pueden hacer los negocios, sobre todo las pequeñas empresas si no generan un ingreso para mantener los gastos y los sueldos de sus trabajadores?

Aunque la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) considera que los despidos son injustificados e ilegales, se pide que se consideren medidas solidarias y corresponsales entre el empleado y el empleador, para llegar a un acuerdo respetando la normalidad y las condiciones de trabajo, esto más que nada para garantizar que la empresa pueda seguir a flote y seguir dando estabilidad al trabajador, teniendo en cuenta que no existe fundamento legal para separar trabajadores o modificar las condiciones de trabajo. Según lo expuesto en la Ley Federal del Trabajo (LFT), el único que puede ordenar la suspensión temporal de las relaciones laborales colectivas es el gobierno federal, siempre ante una declaratoria de contingencia sanitaria1.

La LFT, en el artículo 429 y 430, establece en caso de suspensión temporal por fuerza mayor que será la autoridad quien determine el monto de la indemnización sobre la base del trabajador hasta por un mes, en este momento es crucial para la actividad económica a la que se dedica la empresa, se necesita un acuerdo para proteger al trabajador, para eso la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo puede auxiliar para llegar a convenios que concilien los intereses de ambas partes2.

La protección del trabajador y el apoyo económico al empleador deben realizarse como un círculo sin fin donde no salgan perjudicadas ambas partes, pero México se encuentra en el mayor pico de la pandemia, el equilibrio en el cual se llegue a resguardar la seguridad y salud de los trabajadores al regresar a sus puestos de trabajo evitando un repunte de contagios, es importante3.

Los sectores que tienen autorización de seguir trabajando y los que se reincorporen posteriormente necesitan llevar medidas de precaución. Se piensa en regresar a las actividades no esenciales en algunos lugares a partir del 1 junio, acorde al semáforo presentado por el Gobierno Federal, es por eso que sólo queda seguir las medidas de seguridad expuestas desde el principio de la pandemia.

Para las empresas se pide que existan ciertas medidas de seguridad para resguardar la salud de sus trabajadores, al cuales son filtro de ingreso, toma de temperatura corporal, desinfectante de manos con gel antibacterial, tener un tapete de desinfección en la entrada, y el uso de cubrebocas, asimismo, identificar enfermedades respiratorias, flexibilidad de horarios y reajuste del lugar de trabajo4.

En fin, todos tienen que poner de su parte para poder regresar a la “nueva normalidad” y salvaguardar la salud de todos, estar informados y llegar a acuerdos con los jefes del trabajo, que será lo más pertinente.


1 Ley Federal del Trabajo. Cámara de Diputados. (04 de 09 de 2012):
https://www.senado.gob.mx/comisiones/desarrollo_social/docs/marco/Ley_FT.pdf
2 Ibíd.
3 Rudo Lorena. “Todo sobre el empleo ante COVID-19; qué hacer si te despiden”. AM de Querétaro. Consultado el 11 de mayo de 2020:
https://amqueretaro.com/queretaro/2020/04/13/todo-sobre-el-empleo-ante-covid-19-que-hacer-si-te-despiden/
4 “Guía de acción para los centros de trabajo ante el covid-19”. Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de Salud (24 de 04 de 2020).
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/548062/GUI_A_DE_ACCIO_N_PARA_LOS_CENTROS_DE_TRABAJO_ANTE_EL_COVID-19_24_04_20_VF.pdf