Fractal de fraude
Por Lizbeth Hilario Medina
Escuela Superior de Comercio y Administración (ESCA), Unidad Santo Tomás

En los últimos años, se ha escuchado de los fraudes más suculentos creados con gran imaginación y empeño de mentes brillantes. Pero antes de continuar, es necesario explicar el concepto de la palabra “fraude”, que según el Diccionario de la lengua español proviene del latín fraus, fraudis y en su primera acepción indica: “Acción contraria a la verdad y a la rectitud, que perjudica a la persona contra quien se comete”.1
Ahora bien, el fractal2 de fraudes sigue siendo muy constante aun cuando se hayan implementado reformas a las leyes, sistemas anticorrupciones, programas para su combate y prevención. En cuestión financiera, en México se registraron alrededor de 5.8 millones de usuarios que tuvieron problemas relacionados a un fraude en 2016, esto lo reveló la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).3
En términos fiscales se ha llegado a niveles muy altos de elusión fiscal, es decir, los mecanismos que pretenden disminuir el pago de impuestos, que deben ser contribuidos por el nivel de ingresos cada año. Por otro lado, la evasión fiscal también ha representado un foco latente en la actividad económica de México. Desde 2005 se ha presentado una alta tasa de evasión fiscal, alrededor del 54% para personas morales y 49% para personas físicas.4
No obstante, a pesar de que la evasión-elusión fiscal es consecuencia de los fraudes, se ha disminuido la tasa de evasión fiscal hasta por debajo del 20% en el 2016. Todo esto ha sido resultado de los lineamientos que se comenzaron a atender desde la creación del G-20 en octubre del 2005, el paquete definitivo de medidas encaminadas a la equidad de la carga fiscal y de Base Erosion and Profit Shifting (BEPS), son acciones que buscan equilibrar las conductas de las empresas multinacionales y las personas físicas más adineradas para que no erosionen su base fiscal.
En alineación con las acciones BEPS, el próximo año se intenta cumplir en México con la reforma en materia fiscal con el Paquete Económico 2020 conformado por la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación y el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como con las reformas a las leyes de Impuesto Sobre la Renta, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y el Código Fiscal de la Federación.
Muchos países han optado por la implementación de leyes para sumarse al cambio por las acciones BEPS, ya que buscan identificar el personaje que es responsable de las operaciones monetarias en cualquier parte del mundo y en el medio digital, siendo acreedor a una carga fiscal. México es otro de los países protagonistas con el soporte actual de las transmisiones de bienes y/o servicios, con el Comprobante Fiscal Digital vía Internet (CFDI). Este documento dio fidelidad al hecho comercial de forma impresa, y hoy en día se confía en la tecnología con la cadena original y el sello digital. Por ejemplo, y como muestra de su alcance, un pequeño negocio de mercado, los hoteles de la ciudad, un gran corporativo, las tiendas departamentales, los bancos, y el propio gobierno que condona créditos fiscales y crea apoyos monetarios y transacciones financieras están soportadas en dicho documento.5
Aún falta mucho trabajo para que se logre tener una base fiscal uniforme global, ya que hay muchos supuestos que deben cumplirse en cada normatividad de cada país. De ahí que se sigan detonando grandes fraudes de recursos en todo el mundo, esto deriva en lavado de dinero, trata de personas y consecuencias fuertes para la sociedad, sin mencionar un menor ingreso de impuestos a tu localidad y por lo tanto un menor apoyo al desarrollo de la infraestructura del país.
Fuentes de información:
https://dle.rae.es/fraude?m=form
https://dle.rae.es/fractal
https://www.eleconomista.com.mx/finanzaspersonales/Alerta-Condusef-sobre-aumento-de-fraudes-financieros-20191107-0097.html Consultado el 7 de noviembre de 2019.
. https://www.cefp.gob.mx/publicaciones/documento/2019/cefp0132019.pdf Consultado el 13 de mayo de 2019.